El Supremo sostiene que regalar 800 euros en vinos a políticos no es delito ni compromete su independencia- El auto rechaza investigar al exministro José Blanco, y al portavoz del Senado del PP, Xosé Manuel Barreiro, que recibieron botellas de Vega Sicilia de un imputado
- Una jueza de Lugo había remitido una exposición razonada para imputar por cohecho impropio a ambos cargos aforados
- El criterio del Supremo choca con el utilizado por el juzgado de instrucción para investigar a 24 cargos y funcionarios no aforados por el mismo motivo
José Precedo / David Lombao
27/03/2017 - 20:17h
El expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán, uno de los cargos que sí fueron imputados por recibir vinos de lujo.
El Tribunal Supremo establece que regalar botellas de 800 euros a políticos en ejercicio por parte de un empresario imputado en un caso de corrupción es una práctica que no comporta "ilícito penal alguno" y que debe enmarcarse en la "mera cortesía". Lo acaba de poner por escrito la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en un auto dictado el pasado 17 de marzo y en el que rechaza la petición de una juez de instrucción de Lugo, Pilar de Lara, para investigar por cohecho impropio al exministro socialista José Blanco y al actual portavoz del PP en el Senado Xosé Manuel Barreiro, así como al compañero de partido de este en la Cámara Alta, José Antonio De las Heras.
En sus razonamientos jurídicos, la Sala del Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, no duda de que estos tres políticos recibieron durante sucesivas navidades del empresario del transporte, Raúl López –propietario de la empresa Monbús, e involucrado en diversos casos de corrupción– varios lotes de vino de lujo, tal y como constató en un prolijo informe el Servicio de Vigilancia Aduanera. Pero el tribunal concluye –aunque Monbus recibiese contratos de distintas administraciones durante la década en que realizó estos regalos a distintos cargos institucionales– que no se puede probar una relación causal entre las concesiones de la empresa y las dádivas que su dueño, Rául López, realizó a diversos dirigentes políticos.
En el caso del político socialista José Blanco, quien recibió paquetes desde 2008 siempre durante las fechas navideñas, el lote que le llegaba mermó desde las cuatro botellas (por importe de 858 y 878 euros respectivamente) durante los ejercicios 2010 y 2011 cuando era ministro, al paquete de tres vinos (684 euros) que Monbús le mandó el año siguiente, una vez que el PP obtuvo mayoría absoluta. La caída del Gobierno de Zapatero rebajó la categoría de los obsequios a Blanco en la clasificación de Monbús que pasaron de regalo "vip" a regalo muy bueno en la lista de decenas de receptores que manejaba la empresa.
El auto del Supremo establece, en contra del criterio de la jueza instructora, que los envíos no constituyen "un delito de cohecho impropio" sino que se trata de "regalos navideños que responden a actos de cortesía y que no comprometieron la imparcialidad de los aforados en el ejercicio de las funciones públicas".
El alto tribunal esgrime las concesiones que el empresario había recibido de Fomento antes de que José Blanco llegase al ministerio y deslinda los obsequios de los contratos recibidos durante su etapa al frente de esa cartera.
En el caso de Barreiro, Monbús remitió al cargo del PP botellas de Vega Sicilia cuando era portavoz de la oposición en la Diputación de Lugo y el ayuntamiento de la capital, donde la empresa de transportes gestionaba los autobuses urbanos. Sus lotes eran inferiores en valor: Vega Sicilia por 502,68 en el ejercicio 2010, así como otros paquetes que no identifica. El Supremo determina que por la naturaleza de los regalos y su valor no puede considerarse "excesivo, ya que se encuentra dentro del marco de la adecuación social en los regalos navideños y carece de entidad para influir en el ejercicio de la función pública".
El mismo razonamiento lo emplea el tribunal para descartar cualquier atisbo de delito en la aceptación de otro paquete, cuyo contenido y precio se ignora, por parte del dirigente del PP José Antonio De las Heras, y lo desliga de la concesión del transporte que el Ayuntamiento de Guadalajara donde era concejal, otorgó a la empresa Monbús. El auto recuerda que al año siguiente del obsequio no le fue renovado el contrato para la gestión de los buses en Guadalajara.
El criterio del Supremo contradice toda la instrucción de la llamada operación Cóndor en la que la juez del caso, Pilar de Lara, estableció un límite de 400 euros para distiguir lo que son meras cortesías de los sobornos. Por encima de ese importe, Pilar de Lara decidió imputar a 24 dirigentes, entre ellos el expresidente de la Diputación de Pontevedra Rafael Louzán, o el que fue máximo responsable de Aena con el PSOE José Ignacio Lema Devesa. Ambos siguen imputados por aceptar esas mismas dádivas de las sociedades de Raúl López.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia aún debe pronunciarse sobre el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo– que recibió en su domicilio particular envíos de Vega Sicilia también por parte de Monbús, un habitual de las concesiones de su Gobierno– y su vicepresidente Alfonso Rueda, por el mismo motivo.
La jueza de Lugo Pilar de Lara dejó la decisión en manos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el competente para juzgarlos, después de que la fiscalía cambiase de criterio y decidiese no acusar a ambos altos cargos del Gobierno autónomo.
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