El Tribunal de la UE respalda la decisión del municipio de Maastrich de prohibir a los turistas acceder estos locales para acabar con el "turismo de droga".
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Los 'coffe shops' serán sólo para holandeses
- busymalaguista
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El Tribunal de Justicia de la UE respaldó este jueves la decisión del municipio holandés de Maastricht de prohibir el acceso a los "coffee shops" a los no residentes en Holanda, con el fin de luchar contra el "turismo de la droga".
La corte de Luxemburgo considera que esta medida es conforme al Derecho de la Unión, al concluir que los principios comunitarios de libre circulación y no discriminación no se pueden aplicar a comercios especializados en la venta de sustancias estupefacientes, según explicó el Tribunal en un comunicado.
La máxima instancia judicial europea se pronunció así sobre el litigio entre al propietario de uno de estos establecimientos en Maastricht y las autoridades de este municipio holandés, que ordenaron cerrar el local por no respetar su decisión de restringir el acceso a los residentes holandeses.
El ayuntamiento de Maastricht tomó esta medida en respuesta a los problemas que genera el aumento de número de "coffee shops" y el turismo de la droga que atraen aproximadamente más de 3,9 millones de visitas anuales de las cuales un 70 por ciento no reside en los Países Bajos, según ha explicado el Tribunal en un comunicado.
En Holanda, la posesión de marihuana y hachís está despenalizada, mientras que su venta está prohibida por la legislación nacional.
No obstante, en la práctica esta actividad es tolerada por las autoridades, y está regulada por unas instrucciones del ministerio fiscal que establecen que los locales con la licencia necesaria no pueden tener más de 500 gramos de cannabis en "stock" ni vender más de 5 gramos por persona y día.
En su sentencia de hoy, el Tribunal de la UE hizo hincapié en el carácter nocivo de los estupefacientes en general, incluidos derivados del cáñamo, como el cannabis, cuya comercialización está prohibida en los países miembros.
La corte de Luxemburgo recordó también que los Estados miembros son responsables del mantenimiento del orden público en su territorio, y señala que en este caso, la exclusión de los no residentes de los "coffee shops" se justifica para mantener el orden público y la protección de la salud de los ciudadanos, así como para evitar el turismo de droga.
Los gobiernos belga, francés y alemán dejan constancia de los problemas de orden público que este fenómenos, incluida la exportación ilegal de cannabis, provoca en los países de la UE distintos de Holanda, en particular en los vecinos, según la nota.
Por último, el Tribunal subrayó que la medida también puede considerarse válida por su contribución a la lucha contra el tráfico de estupefacientes dentro de la UE.
La corte de Luxemburgo considera que esta medida es conforme al Derecho de la Unión, al concluir que los principios comunitarios de libre circulación y no discriminación no se pueden aplicar a comercios especializados en la venta de sustancias estupefacientes, según explicó el Tribunal en un comunicado.
La máxima instancia judicial europea se pronunció así sobre el litigio entre al propietario de uno de estos establecimientos en Maastricht y las autoridades de este municipio holandés, que ordenaron cerrar el local por no respetar su decisión de restringir el acceso a los residentes holandeses.
El ayuntamiento de Maastricht tomó esta medida en respuesta a los problemas que genera el aumento de número de "coffee shops" y el turismo de la droga que atraen aproximadamente más de 3,9 millones de visitas anuales de las cuales un 70 por ciento no reside en los Países Bajos, según ha explicado el Tribunal en un comunicado.
En Holanda, la posesión de marihuana y hachís está despenalizada, mientras que su venta está prohibida por la legislación nacional.
No obstante, en la práctica esta actividad es tolerada por las autoridades, y está regulada por unas instrucciones del ministerio fiscal que establecen que los locales con la licencia necesaria no pueden tener más de 500 gramos de cannabis en "stock" ni vender más de 5 gramos por persona y día.
En su sentencia de hoy, el Tribunal de la UE hizo hincapié en el carácter nocivo de los estupefacientes en general, incluidos derivados del cáñamo, como el cannabis, cuya comercialización está prohibida en los países miembros.
La corte de Luxemburgo recordó también que los Estados miembros son responsables del mantenimiento del orden público en su territorio, y señala que en este caso, la exclusión de los no residentes de los "coffee shops" se justifica para mantener el orden público y la protección de la salud de los ciudadanos, así como para evitar el turismo de droga.
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Por último, el Tribunal subrayó que la medida también puede considerarse válida por su contribución a la lucha contra el tráfico de estupefacientes dentro de la UE.
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- papadi
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se le acabo el royo a mi cuñao jajaja
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- MLGMakun
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Pues van a perder muchísimo atractivo turístico y eso que yo no fumo
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