Apropiarse de la devolución del IRPF es la fórmula más usada por la Agencia Tributaria para liquidar la deuda antes de proceder al embargo
son los millones de euros que gestiona cada año la Agencia Tributaria correspondientes a deudas que personas físicas y jurídicas mantienen con otras administraciones como ayuntamientos o diputaciones provinciales. Representan un 10% de la deuda que anualmente instruye el ente estatal. .Cuando no se llega a fin de mes y los recibos pendientes se amontonan, a las familias no les queda otra que seleccionar cuáles se pagan y cuáles no. En la lista de prioridades, la hipoteca, la luz y el gas suelen partir con ventaja, ya que de lo contrario se arriesgan a perder la casa o a sufrir la interrupción del suministro. Sin embargo, retrasarse en pagos como el IBI, el impuesto de circulación o la tasa de basura no trae consigo unas consecuencias tan directas. Un alivio temporal para las familias, pero una cruz para los ayuntamientos que, además de soportar en los últimos años una fuerte caída de los ingresos (fundamentalmente los ligados al ladrillo) se topan con la cruda realidad de ver cómo la recaudación vía impuestos o multas también se reduce progresivamente a consecuencia de los impagos.
Para intentar recuperar el dinero adeudado por aquellos ciudadanos a los que no les puede echar el guante, los ayuntamientos han encontrado en Hacienda a su mejor aliado, sabedores de que nadie, o al menos casi nadie, escapa a sus ojos. Bien a través de convenios bilaterales bien mediante su adhesión al acuerdo suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Federación Española de Municipios y Provincia (FEMP) en 2003, la mayoría de ayuntamientos de Málaga mantienen contacto permanente con la AEAT para el intercambio de información y colaboración en la gestión recaudatoria que, a efectos prácticos, permite a los municipios recurrir a sus servicios para que liquide la deuda en su nombre, ya sea a través de las devoluciones del IRPF o, de una forma más drástica, procediendo al embargo de cuentas o bienes.
A más demora, más trabajo
Y cada vez es más el trabajo. Según datos de la Agencia Tributaria, el 10% de la deuda en ejecutiva y ya reconocida que gestiona el ente estatal procede de otras administraciones como ayuntamientos y diputaciones provinciales, un porcentaje que se traduce en dos mil millones de euros anuales. «El aumento de la morosidad ha provocado un incremento de la deuda instruida en todos los ámbitos, y también la que nos llega de las administraciones locales», reconoce un portavoz de la AEAT.
En cualquier caso, Hacienda no mueve ficha hasta que no se lo solicite la entidad con la que el contribuyente mantiene el débito. «Normalmente, los ayuntamientos utilizan sus propios recursos y sólo en el caso de no conseguir cobrarlas, acuden a nosotros para que efectuemos la liquidación», afirman. Y bien que lo hacen, puesto que la AEAT presumen de dar respuesta a casi todos los 'SOS' que le llegan de los ayuntamientos, fundamentalmente los relativos a pequeñas cuantías relacionadas con alguna multa de tráfico o algún recibo del IBI, el agua, la basura o cualquier otra tasa municipal. Otra cosa bien distinta son las empresas. «En casos de personas jurídicas sí puede resultar más difícil porque, si no tienen activos o están en concurso de acreedores hay que desentrañar más», aseguran desde la AEAT.
El proceso arranca cuando se incumplen los plazos para hacer frente a las obligaciones tributarias. Como medida de presión, se envía un requerimiento formal al moroso en cuestión. De no fructificar este intento, la deuda se declara establecida y pasa a la vía ejecutiva. A partir de ahí entra en juego la labor de investigación por parte de la Agencia Tributaria. «Antes de actuar, se analiza el perfil del deudor, sus posibilidades económicas y las opciones de recuperar la deuda», comenta el portavoz de la AEAT. Por una simple cuestión de agilidad, lo más recurrente para hacerse con el dinero es minorar la devolución del IRPF, de forma que la multa o el impuesto impagado se dan por cobrados a través de la declaración de la renta. Si por algún motivo tampoco da resultado esta fórmula, el último recurso es el embargo, ya sea de una cuenta corriente o de bienes como el coche o la casa.
LA CIFRA
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son los millones de euros que gestiona cada año la Agencia Tributaria correspondientes a deudas que personas físicas y jurídicas mantienen con otras administraciones como ayuntamientos o diputaciones provinciales. Representan un 10% de la deuda que anualmente instruye el ente estatal.
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