La Justicia absuelve al creador de programas de intercambio de archivos Pablo Soto
Las grandes discográficas le reclamaban 13 millones por piratería y "competencia desleal"
Y David venció a Goliat. La Justicia ha absuelto al programador Pablo Soto de los delitos de infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal que le imputaban las grandes empresas y la patronal de la industria discográfica del país.
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid considera probado que Soto es "autor de un producto tecnológico", el programa de intercambio de archivos entre usuarios de la red, conocido como P2P, que pone a disposción de terceros "de forma onerosa o gratuita". Es decir, sin ánimo de lucro, como aseguraban los demandantes, por lo que le exoneran del pago de 13 millones de euros que le reclamaba la industria musical por daños y perjuicios.
En el juicio, que fue visto para sentencia en mayo de 2009, las discográficas EMI, Sony BMG, Warner y Universal y la patronal Promusicae acusaron a Soto de "lucrarse con el 90% de sus canciones" a través de sus sistemas de intercambio de archivos: Blubster, Piolet o ManolitoP2P. Defendían que los sistemas creados por Soto estaban pensados para fomentar la piratería y eran herramientas para el tráfico ilegal de contenidos, que no respetaban los derechos de autor.
No hay infracción
Por su parte, el demandado alegó que simplemente había desarrollado una herramienta de sosftware libre y que no se le podía acusar por el uso que luego hacían los usuarios de esas copias. El abogado de Soto, David Bravo, ha calificado la sentencia como «totalmente favorable al desarrollador español» y ha recordado que el juzgado considera que «los demandados no almacenaban ningún archivo musical y que en ningún caso es una infracción el mero hecho de facilitar el intercambio de música».
El propio Soto ha expresado su alegría a través de la red social Twitter. "Estoy llorando de felicidad, y acordándome mucho de mi hermano, que está buscándose la vida fuera de España y quisiera abrazarle", ha señalado.
La sentencia, no obstante, es recurrible ante el Tribunal Supremo.
Pablo Soto
http://www.diariosur.es/rc/20111219/tecnologia/discograficas-pierden-partida-contra-201112192016.html